Un juzgado con asiento en Río Cuarto emitió una decisión que restringe significativamente los descuentos que el Banco de Córdoba puede realizar sobre el salario de una empleada provincial. La medida cautelar establece un límite máximo del veinte por ciento y permanecerá en vigor mientras se tramita el proceso judicial de fondo.

Los magistrados basaron su resolución en principios de protección al consumidor, considerando que la afectación de haberes requiere de salvaguardas especiales cuando impacta sobre personas que dependen de esos ingresos para su subsistencia. El Banco de Córdoba quedó obligado a cumplir con el techo impuesto por la justicia.

Las medidas cautelares son instrumentos procesales diseñados para evitar que se causen daños irreversibles durante la tramitación de un juicio. En este supuesto, el tribunal estimó que existe un riesgo cierto de perjuicio grave si se permitieran descuentos sin límite, por lo que resolvió intervenir de manera inmediata.

Esta clase de decisiones judiciales refleja una tendencia creciente en los tribunales argentinos de aplicar criterios más protectivos respecto de los trabajadores y sus salarios. La jurisprudencia ha evolucionado hacia el reconocimiento de que ciertos derechos considerados básicos no pueden ser comprometidos, incluso en contextos de cobro de deudas.

La resolución es de inmediato cumplimiento para la entidad bancaria. El Banco de Córdoba deberá modificar sus procedimientos de descuento para ajustarse al porcentaje permitido. El litigio continuará en su curso natural para que, eventualmente, un fallo definitivo determine la responsabilidad de las partes y las obligaciones que correspondan conforme al derecho sustantivo aplicable al caso concreto.

Imagen: KATRIN BOLOVTSOVA / Pexels – Con informacion de Perfil

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