La Justicia condenó a una empresa a indemnizar a un operario que fue despedido por WhatsApp, a pesar de que el trabajador contaba con un historial de conductas problemáticas en su puesto de trabajo.

El operario acumulaba varios llamados de atención registrados a lo largo de su trayectoria laboral en la planta. Diferentes situaciones de incumplimiento disciplinario marcaron su desempeño, generando inconvenientes recurrentes dentro de la estructura de la empresa. Sin embargo, estos hechos no eximieron a la compañía de cumplir con los procedimientos legales para formalizar la desvinculación.

Un tribunal determinó que el despido fue ejecutado de forma irregular. La comunicación a través de WhatsApp, en lugar de utilizar los canales formales establecidos por ley, fue considerada un procedimiento deficiente que vulnera garantías laborales fundamentales.

La sentencia ordena que la empresa abone una indemnización al trabajador como resarcimiento por los daños derivados de un despido que, aunque pudo haber sido justificado en sus causas, fue realizado de manera irregular en su ejecución.

El caso evidencia un principio constante en la jurisprudencia laboral local: los derechos de los trabajadores incluyen el derecho a ser despedidos correctamente. Esto implica que las empresas, incluso cuando tienen motivos válidos para desvincularse de un empleado, deben respetar los formalismos legales correspondientes.

Usar aplicaciones de mensajería para comunicar despidos representa una práctica que incumple con estos estándares. El tribunal reafirma que la informalidad en procedimientos tan trascendentes como la extinción de un contrato laboral genera responsabilidad para la empresa y consecuencias económicas.

Esta resolución establece un precedente sobre cómo deben ejecutarse los procesos de desvinculación en el contexto empresarial argentino, asegurando que se respeten derechos procesales mínimos.

Imagen: Anete Lusina / Pexels – Con informacion de TN

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